El acusado puede (y debe) declarar en último lugar en el acto del juicio oral.
En un proceso justo y equitativo, en el que prima el principio de presunción de inocencia, ¿qué sentido tiene que sea el presunto inocente el que declare en primer lugar?, ¿no sería en cualquier caso contrario al derecho a conocer los hechos de los que se le acusa?
Os acerco mi último artículo publicado en la revista “Buen Gobierno, Iuris&lex y RSC” de El Economista.
23.02-El-acusado-declara-en-ultimo-lugar¡Espero que resulte de vuestro interés!
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